Sunday, February 14, 2021

113. Cuántos jueces necesita Colombia. XXV

Por lo tanto, con la actual conformación de los distrito judiciales se necesitan 93 nuevos magistrados en las distintas especialidades, pero con algunas modificaciones sobre la conformación de los distritos judiciales, podrían bastar 87. Ahora bien, de aprobarse la conformación de las salas duales en la reforma a la ley estatutaria, faltarían 56 despachos entre las jurisdicciones ordinaria y contencioso administrativa y 8 más para la disciplinaria, si se acogen las recomendaciones hechas, para un total de 64 nuevos magistrados. Sin embargo, se insiste en que los cambios que trae la Ley 2080 de 2021, imponen la necesidad de crear aún más despachos en la jurisdicción contencioso administrativa, como también ocurre en la jurisdicción disciplinaria, a raíz del Acto Legislativo 02 de 2015, teniendo en cuenta que este año las comisiones conocerán de las quejas contra los empleados judiciales, las cuales, hasta ahora representaban un gran número porque la correspondiente investigación la adelantaba su superior jerárquico, de manera que no eran cuantificables realmente.

112. Cuántos jueces necesita Colombia. XXIV

Finalmente, en el caso analizar la jurisdicción disciplinaria se requiere una reforma de fondo, que parte desde la ley disciplinaria, además de la conformación de las comisiones que por su carga laboral no tiene que asemejarse a la de las otras jurisdicciones, como actualmente ocurre, tema que requiere de un análisis mucho más profundo, que desbordaría el propósito de estas notas. Por lo tanto, sin entrar a discutir los cambios sustanciales que reclama el régimen disciplinario, es posible hacer una aproximación únicamente desde la perspectiva de la demanda. En efecto, lo primero que se observa es una diferencia enorme en las cargas de trabajo de los distritos y los correspondientes egresos. Es así como el promedio de ingresos es de 372 procesos por despacho, pero hay distritos que están muy por debajo de esta cifra, como Chocó (36%), La Guajira (41%), Caquetá (49%), Quindío (59%), Sucre (62%), Cauca (64%) y Caldas (66%). En contraste, hay distritos congestionados, como son Santander, Norte de Santander, Cundinamarca, Atlántico, Meta y Tolima, que requieren la creación de dos despachos adicionales, en cada uno de ellos. Una solución sería fusionar algunas comisiones para que tengan una carga mínima de trabajo, pero la ausencia de una autoridad disciplinaria en cada distrito no es conveniente, de manera que otra solución puede ser la de conservar un despacho en los distritos de menor demanda, como son Chocó, La Guajira y Caquetá, pero tendría que modificarse la ley para permitir la conformación de las salas con despachos de otro distrito adyacente. Aplicando esta solución, también podrían fusionarse las comisiones de Caquetá, Cauca y Huila, que podrían integrarse con un magistrado en cada Distrito y otro magistrado “flotante”, para un total de 4, en lugar de los 6 que actualmente existen. Igual medida puede adoptarse en el Eje Cafetero, donde bastarían 4 magistrados para Quindío, Risaralda y Caldas, o podrían integrarse con el Tolima, en un modelo alternativo para aliviar la congestión de este último, de manera que los cuatro distritos tendrían una carga de 2.569 procesos, distribuidos entre los actuales 8 magistrados. Esas sociedades también se pueden hacer en otros distritos, como en el caso de Bolívar, Sucre y Córdoba, para aligerar al primero. De poder hacerse así, se requerirían 8 nuevos despachos, además de reforzar los actuales con más empleados, pues los existentes son claramente insuficientes. Sin embargo, estos cambios son solo superficiales pues las dificultades de esta jurisdicción trascienden la congestión que presenta y se hunden en una normativa que no es suficientemente estricta para solucionar los problemas de la ética judicial.

111. Cuántos jueces necesita Colombia. XXIII

Los tribunales de la jurisdicción contencioso administrativa conocieron 85.944 procesos en 2019, correspondiéndole al Tribunal Administrativo de Cundinamarca atender el 25% del total, en sus cuatro secciones, además de una sala de descongestión para la sección segunda, aun cuando la sección que presenta mayor congestión es la tercera. Revisadas las cifras, se observa que, para una demanda de 64.394 procesos, hay 137 magistrados. Si se conserva un egreso óptimo de 407 procesos por despachos, harían falta 6 magistrados adicionales. Sin embargo, este cálculo no es exacto, pues algunos distritos, como Antioquia, tienen un volumen de trabajo superior al promedio, de manera que solo en este distrito se requiere crear 7 despachos adicionales; en Santander hacen falta 5 magistrados; en Boyacá, Cesar, Córdoba, Magdalena, Risaralda se necesitan 2 despachos más, respectivamente; y en Atlántico, Huila, Meta, Norte de Santander, Sucre y el Valle del Cauca falta 1 en cada distrito, lo que daría un déficit de 28 magistrados, mientras que en distritos como San Andrés, Caquetá, Casanare y La Guajira la carga de trabajo es muy baja. No está demás señalar que, si este es el déficit actual, una vez los cambios de competencia que trae la Ley 2080 de 2021 entren en vigor, la necesidad de estas plazas será más apremiante. Por otra parte, si bien por razones políticas y de presencia institucional es deseable conservar algunos tribunales, en el caso de San Andrés y la Guajira no es razonable pues la demanda es muy baja y, ni aun cuando se permitiera la conformación de salas duales, se justifica su permanencia. Basta agregar que, si se aprueba la reforma, al liberarse un despacho de los distritos mencionados, el déficit sería de 24 magistrados y, si se suprimen los tribunales de San Andrés y La Guajira, solo sería necesario crear 20 plazas adicionales.

110. Cuántos jueces necesita Colombia. XXII

Sin embargo, es posible pensar en medidas distintas a la creación de despachos, como redistribuir algunos de los actuales despachos, según las cargas de trabajo que existen. Por ejemplo, dos despachos de Armenia pueden trasladarse a Pereira. De igual manera, podría trasladarse un despacho de la sala civil-familia de Buga a Ibagué, un despacho de Manizales al Tribunal Superior de Cundinamarca, otro despacho de Santa Marta a Barranquilla, y un despacho de Pasto a Neiva. Si se permite la existencia de las salas duales, uno de los despachos de San Gil puede trasladarse a Bucaramanga, un despacho de Quibdó a Medellín; uno de Pamplona a Cúcuta; otro de Arauca a Yopal, y un despacho de San Andrés a Cartagena. Igual ocurre con las salas laborales. Un magistrado del Tribunal Superior de Cundinamarca y uno de Tunja pueden trasladarse al Tribunal Superior de Bogotá, D. C., uno del Tribunal de Cúcuta para Bucaramanga y un despacho de la sala laboral de Manizales puede trasladarse al distrito judicial de Buga. También, en los distritos de Pasto y Popayán podría trasladarse un despacho para atender los faltantes de Cali en la sala laboral. El resultado es que hay un faltante de 53 magistrados, pero si se hacen los traslados sugeridos, bastarían 47, y si se aprueba la reforma a la justicia solo se necesitan 36 nuevos despachos.