Friday, March 20, 2015

67. Parlamentarismo

Son muchos quienes han propuesto de vieja data la idea de adoptar el sistema parlamentario en nuestro país por lo que resulta importante recordar que desde la independencia, Bolívar considero que este sistema no respondía adecuadamente a la forma de ser de nuestros pueblos, pues el Libertador creía que las jóvenes naciones no tenían la suficiente formación democrática para implantar esta forma de gobierno. En efecto, se ha visto que el sistema parlamentario es un modelo que se desarrolla en democracias maduras, es decir, con partidos políticos definidos y cuyos militantes conocen claramente la ideología que representa cada uno de ellos. De por sí, el sistema parlamentario se adapta mejor al bipartidismo, por lo que es necesario un equilibrio real entre los grupos políticos, económicos y sociales para el adecuado funcionamiento del sistema de controles que se requiere para garantizar la alternatividad del poder. Lamentablemente, ningún país en América Latina podría afirmar que ha alcanzado esa madurez. Por el contrario, la inestabilidad política del continente confirma cada día como los partidos políticos no representan realmente una ideología y, sobre todo, que carecen de una conexión con las bases populares que no se ven representadas en sus dirigentes. Este problema no puede resolverse con el sistema parlamentario, como pretenden algunos cuando afirman que por este medio se consolidan los partidos y, subsecuentemente, se fortalece la democracia. En realidad el proceso debe ser inverso. Cierto que en la Gran Bretaña el sistema parlamentario fue anterior a los actuales partidos políticos, pero no a la división ideológica que los mismos reflejan, como tampoco puede olvidarse que la monarquía fungía como árbitro, a pesar de las distancia que podía tener la institución real con los laboristas. Igualmente, países como Francia, Italia o España representan a través de sus partidos las ideologías social-demócratas y conservadoras que han dividido a Europa desde el siglo XIX. En nuestro medio, en cambio, los partidos políticos no lograron esa representación, mucho menos después del Frente Nacional, de manera que la permanente aparición de nuevas fórmulas políticas que canalizan los sentimientos de inconformidad de los electores deben ser miradas y respetadas como una muestra del proceso de formación de nuestras naciones, que podría frustrarse con la implantación del parlamentarismo. Frustración que profundizará con más dolor las diferencias entre nosotros. No puede olvidarse que Colombia marcha al borde del partido institucional o del partido único de gobierno. Igualmente, hay que mencionar que tanto Uribe como Pastrana fueron elegidos como representantes de fuerzas independientes y que hoy los movimientos políticos con mayor participación son el Partido de la U y el Centro Democrático, por lo que impedir la consolidación de alternativas que buscan marcar una diferencia con la vieja política se puede constituir en un motivo de frustración para muchos ciudadanos. En consecuencia, la propuesta del sistema parlamentario tiende a prolongar la concentración del poder político en las fuerzas tradicionales. Para resumir, el sistema parlamentario es incluyente en aquellos países donde está consolidado el bipartidismo y, por ende, las personas se sienten representadas en las concepciones ideológicas que los respectivos partidos defienden. Pero el sistema parlamentario no es adecuado para una sociedad donde las concepciones ideológicas no están claras, ni los partidos políticos han respondido a la responsabilidad de definirlas. En este escenario, el parlamentarismo se convierte en un sistema excluyente, para una sociedad cuyo mayor problema es ser excluyente en todos los campos y evita la alternación del poder, fundamento esencial de la democracia.

Monday, March 02, 2015

66. La cosa nostra

Aunque muchos jueces y fiscales han sido verdaderos pro-hombres de nuestra sociedad que, prácticamente solos, se han enfrentado a las peores organizaciones criminales del mundo, sin olvidar el luctuoso sacrificio de los magistrados de las altas Cortes por la democracia en 1985, existe indicios que en las altas esferas de la rama judicial hay “clanes” que controlan las decisiones judiciales. Para atacar este problema hay que entender dos cosas: la primera es que, por regla general, el proceso judicial tiene dos instancias. Debido a que la rama judicial tiene una estructura piramidal, es natural un represamiento de procesos en las instancias superiores. Adicionalmente, estas instancias también son colegiadas, por lo que la revisión de los expedientes y las decisiones son más dispendiosas. Estos inconvenientes están claramente diagnosticados y se ha trabajo en su solución, por ejemplo, aumentando el número de magistrados, disminuyendo los casos objeto de revisión, elevando la cuantía para recurrir para filtrar los casos que llegan a las altas corporaciones y asignando funciones de sustanciación al ponente, en lugar de la sala, para agilizar el procedimiento. El segundo asunto se relaciona con la designación de los magistrados. Aunque para muchos la dignidad del cargo debe suponer mayores calidades, no siempre ocurre así. Debe reconocerse que la rama judicial ha sufrido una transformación evidente en las últimas décadas. Antes, llegada la fecha de designación, los aspirantes llenaban de lisonjas y ofrendas a sus nominadores, mediante una práctica que se conocía como “el humilladero”. Hoy los jueces deben superar exigentes pruebas de conocimientos y aptitudes para ocupar el cargo y son objeto de una rigurosa calificación anual directamente relacionada con su carga laboral, lo cual supone un esfuerzo enorme de evacuación. Sin embargo, estas exigencias no se hacen a los altos dignatarios de la rama. La Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado elige a sus integrantes de listas enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura. La integración de la lista es abierta por lo que casi cualquier persona que cumpla los requisitos puede participar en su conformación y al final los filtros no son tan exigentes. En honor a la verdad, aun cuando el proceso de selección no ha sido perverso, pues se ha favorecido una participación amplia de los aspirantes y no se puede afirmar que el Consejo Superior de la Judicatura haya direccionado la elección hasta ahora, obviamente, la decisión final recae en aquellos candidatos que son más conocidos o cercanos, de manera que existe una fórmula mixta, próxima a la cooptación, lo cual sería una garantía de la idoneidad de los miembros, pues se espera que se conforme una élite de jurisconsultos con personas que son extraídas de los mismos círculos académicos y profesionales. Pero si el círculo es infiltrado, es posible que se fisure la institución, como en efecto ha ocurrido algunas veces y se ha conocido por la opinión pública de manera aislada, especialmente porque la elección puede ser producto de un intercambio de favores entre los distintos órganos del poder. Por lo tanto, el mecanismo de elección puede mejorarse, por ejemplo, realizando pruebas de conocimientos tan exigentes como las que hacen los jueces o, cuando menos, seleccionando una parte de los dignatarios entre los jueces y magistrados de los tribunales que hayan sido mejor calificados y tengan una hoja de vida intachable.

65. Consejo Superior

Las razones de la ineficiencia del sistema judicial son complejas. Por una parte el diseño institucional es permeable a la corrupción y no es eficiente; por otra, las normas procesales tampoco contribuyen a descongestionar los despachos. Es cierto que se ha avanzado en algunos aspectos, como la implementación de la oralidad en los procesos o en la designación de los jueces, pero apenas esta gestándose este modelo y, vale la pena decirlo, muchos abogados no están preparados para ello. Sin embargo, puede intentarse una lista simple de las condiciones para una reforma judicial. El primer asunto que debe abordarse al examinar la organización del sistema es la independencia de la rama y sus integrantes, entendida de dos maneras: tanto en su composición como en las decisiones que adoptan. Precisamente,uno de los principales errores del Constituyente de 1991 fue su ingenua concepción del balance de los poderes, como se evidencia en la conformación de los órganos que presiden la rama judicial. Se consideraba que los problemas de la misma se originaban en la falta de recursos y la mala administración que, en mayor medida dependía del ministerio de Justicia, funcionario de extracción política, débil ante su homólogo de Hacienda y poco conocedor del funcionamiento interno de la organización. Por lo anterior, se aprobó la creación del Consejo Superior de la Judicatura, compuesto por la sala administrativa, que debía encargarse de gerenciar la rama y la sala disciplinaria que se adicionó para darle un tratamiento “integral” al paciente. Pero la idea fue concebida a partir de un “dañado y punible ayuntamiento” como era la elección de sus miembros con la intervención de todos cuanto se pudieron imaginar para garantizar el “checks and balances”. En efecto, la elección de los magistrados de la sala administrativa se hace por designación de candidatos por las Cortes para garantizar que todos los órganos y jurisdicciones fueran equitativamente tratadas: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado. Esta solución resultó adecuada por un tiempo, hasta que surgió la figura del “carrusel” gracias al artículo 231 de la Constitución Política, que otorga al Consejo Superior de la Judicatura la facultad de conformar las listas para la elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado que son nombrados por la respectiva corporación. Pero la suerte de la sala disciplinaria fue peor desde un comienzo. Se esperaba que fueran abogados expertos en estos temas quienes harían parte de la misma, por lo que su elección se atribuyó al Presidente de la República, quién elabora una terna para que el Congreso de la República elija. En qué consistió la ingenuidad de los Delegatarios? Se pensó que el Ejecutivo elegiría candidatos de las más altas capacidades morales, pero los intereses políticos convirtieron estos cargos en botín burocrático, por lo que resulta cínico que sea el gobierno quien critique al Consejo Superior de la Judicatura cuando fue él mismo vendió la dignidad de los cargos. No sobra recordar que ha sido precisamente la sala disciplinaria la que más escándalos suscita con sus fallos de tutela, que favorecen a los criminales y desafían las decisiones de la Corte Suprema de Justicia.