Tuesday, August 14, 2007

59. 004

La reciente regulación sobre numeración para los servicios de larga distancia y el llamado decreto de “convergencia” son temas que han despertado algún interés en el sector, aunque en realidad no me resultan tan interesantes. Vale decir que la decisión de fondo en larga distancia fue adoptada hace casi dos anos y lo que se produjo ahora es una reacción refleja, que coincide con las expectativas que se tenían.

Que los antiguos operadores de larga distancia conserven el indicativo de un dígito y los otros operadores deban utilizar tres son cosas accesorias, aún cuando seguramente tendrán un debate profundo, incluso en los tribunales, pero no debe ser el tema de un columna, pues al efecto, los argumentos jurídicos ya fueron presentados. Sin embargo, no sobra advertir a la CRT la importancia de reservar los indicativos 405, 407, 409 y otros semejantes, en caso que las pretensiones de algunos sobre la necesidad de establecer condiciones uniformes de marcación prospere, sin que pueda entenderse esta afirmación como una posición, pues advierto que no participé en esta discusión; simplemente, sería sano evitar la semejanza de indicativos. Algo similar ocurre en materia de signos distintivos, donde existen las denominadas “marcas defensivas” y las “marcas notorias”, que tienen un régimen especial de protección para evitar situaciones que puedan confundir a los consumidores. Pero no insistiré en ello, para que no se piense que existe algún interés de mi parte. Más bien me referiré a algunos puntos que me llamaron la atención en relación con el debate del proyecto de resolución.
Uno: que COMCEL haya solicitado aplazar hasta el 2011 la entrada en vigencia de la resolución de la CRT. Siempre he sostenido que el principal beneficiario de esta apertura es precisamente ese operador, porque tiene una increíble base de casi 19 millones de clientes en Colombia y más de 150 millones en América (ya perdí la cuenta), que podrían cursar sus llamadas internacionales al mismo valor de una llamada nacional, al tiempo que iguala condiciones con sus competidores en este aspecto, los cuales tienen una licencia de larga distancia o podrían tenerla con relativa facilidad mediante un “do ut des” entre las empresas de sus socios o grupos empresariales.

Dos: La manifestación de beneplácito de la ETB sobre la regulación resulta curiosa de un operador con licencia. Podría decirse que aún cuando la pólvora no se use, no debe guardarse mojada.

Tres: Aún cuando los operadores de telefonía móvil ya dieron sus argumentos y la CRT no los aceptó, una visión práctica del tema debería facilitar el uso del signo # si tenemos en cuenta que, como la propia entidad afirma, la numeración es un recurso escaso. Sin embargo, advirtiendo que no he participado en las discusiones, de los comentarios leídos veo que los móviles estaban solos, cuando podría ser una pretensión de otros operadores con numeración (TPBC-TPBCLE), quienes se beneficiarían con un esquema de marcación más simple para sus usuarios.

Cuatro: La exigencia de haber presentado la solicitud de interconexión a los operadores de TPBC es contradictoria con la interconexión indirecta que debería ser promovida por la CRT por cuanto aprovecha mejor la infraestructura disponible, facilita la entrada de la competencia y evita desgastes innecesarios al regulador y a los operadores.

Cinco: Finalmente, me parece ingenuo que el gobierno haya establecido un valor de apenas 1,2 millones por licencia. Obvio que no puede pensarse en una suma como la que se fijo hace diez años, pero siendo la numeración un recurso escaso, podría haberse fijado un valor que apartara a las compañías de garaje, dedicadas únicamente a terminar tráfico en nuestro país. Una cifra entre 50 y 100 millones de pesos tendría mayor presentación y, por lo menos, ayudaría en algo a programas como “Computadores para educar” o para desarrollar proyectos de telemedicina.