Friday, August 22, 2014

63. do ut des

Si un Congreso numeroso es más fácil de permear por intereses particulares, podría pensarse que la solución es reducir su tamaño. Además de disminuir costos y hacer más efectivo su trabajo, también reduciría su capacidad de contaminar otras Instituciones. El poder de contaminación del Congreso es inherente a su conformación. La mayoría de los congresistas son elegidos por su “clientela” (Dahl) y solo unos pocos son elegidos por voto de opinión. Los que así se consideran, en realidad son personas conocidas que son incluidas en las listas para sumar ese voto al de la maquinaria. Por lo tanto, la mayoría de los congresistas deben responder a sus clientes con favores, puestos, contratos… los cuales consiguen en el gobierno y en aquellas entidades donde su brazo alcanza, como los órganos de control y las altas cortes, mediante un “do ut des” que garantiza la permanencia de todos los involucrados en las esferas del poder. Si el Congreso fuera más pequeño habría un mayor control de la opinión pública y de los órganos fiscalizadores (“accountability”). También se enfocaría mejor en su misión principal: el control político. Para alivio de algunos de sus miembros, ya no sería necesario que los representantes tuvieran que leer y discutir farragosos textos legales porque, hay que decirlo, los Parlamentos modernos no deben legislar, como lo propuso hace dos siglos J.S. Mill, uno de los filósofos liberales que mejor analizó los gobiernos representativos. Es así como, en la mayoría de los países, las leyes son elaboradas por los sabios de la tribu y por técnicos expertos aislados de los lobistas (Jellinek, Loewenstein, Duverger). Por supuesto, con un Congreso pequeño la elección de diputados a punta de chequera es más costosa y el voto de opinión tendría más importancia. También sería menor su capacidad de corromperse y de corromper. Sin embargo, es necesario reivindicar los intereses regionales pero “en su justa proporción”, es decir, a un nivel donde la representación no comprometa la gobernabilidad. En ese sentido, mantener el bicameralismo con la visión del 91 puede ser conveniente, pero reduciendo el número de congresistas y, por supuesto, revisando sus facultades, especialmente en lo que tiene que ver con sus relaciones con las otras ramas y órganos del poder.

Monday, August 18, 2014

62. donde comen dos, comen tres

Corren vientos reformistas y aún cuando todavía no es claro si tendrán las proporciones de una “tormenta perfecta” gestada desde Cuba o si solo será una “tormenta tropical” de la bancada costeña para reclamar más prebendas, es importante reflexionar sobre los cambios que pueden producirse en el Estado colombiano con algunas de las reformas constitucionales que se anuncian. Se quiere establecer que el Senado deberá tener un mínimo de miembros en representación de los departamentos, como existía antes de la actual Constitución. Dos preguntas deberían iniciar esta disertación: por qué se consagró esa representación en 1886 y por qué se reformó en 1991? En la Constitución de 1886, el bicameralismo se justificó por la necesidad de contener el poder de una sola Asamblea para que no se “tiranizara” y evitar que “se hicieran malas leyes” (Samper, José María), como cuando los congresistas no leen un proyecto y se espera que los otros sí lo hagan. En 1991, el Constituyente visualizó dos planos en la dinámica social de nuestro país, con intereses específicos distintos, aún cuando no exclusivos ni excluyentes, y así lo reflejó en la conformación del Congreso: en un plano, los problemas regionales, que tendrían un cauce propio de discusión en la Cámara de Representantes; en el otro, los problemas nacionales y los debates sobre los “grandes temas”, esos que también eran analizados en foros mundiales, los cuales serían tratadas por prohombres que podían convocar a los votantes en todo el territorio, por lo que se estableció la circunscripción nacional para ellos, un poco a la inversa del modelo americano que concibió el bicameralismo para resolver las tensiones entre el federalismo y el centralismo, dejando a la cámara alta la representación de los Estados, como engranaje del federalismo, y a la cámara baja la representación de la Unión, crisol de la democracia (Tocqueville). Claro está que el bicameralismo en Colombia también defendía, disimuladamente, la separación de clases, como en el Reino Unido (Duverger), pero las maquinarias y las chequeras derrotaron la visión del Constituyente, por lo que en nuestro Senado siguen ausentes las ideologías. En este orden, parece que ni las razones de 1886 ni las de 1991 son suficientes para mantener el sistema bicameral, pero ¿sería posible un Congreso unicameral en Colombia? La realidad nacional responde que no. Las maquinarias exigen una alta cuota de participación para poder aceitar sus engranajes y para atender a los "grupos de presión", es decir, aquellas organizaciones que tienen la capacidad de influir sobre las decisiones que se toman en los órganos del poder, por lo que para estos grupos es vital que el Congreso sea permeable, lo cual se logra más fácilmente cuando hay un mayor número de "interlocutores". Por lo tanto, hay que pensar en la recomposición del Legislativo, pero no en la forma como lo quieren hacer, dándole un cupo en el Senado a la corruptela regional para aumentar la cuota de mermelada en cada departamento.