77. Descentralización judicial
Por qué es importante conservar los consejos seccionales de la judicatura? La existencia de esto órganos se basa en la idea de profundizar la descentralización política y administrativa. La descentralización es una manifestación de la democracia porque busca “acercar el Estado a las regiones” y, en doble vía, permite que las personas puedan participar en forma inmediata en las decisiones que los afectan. Sin embargo, para entender la “descentralización judicial” es necesario separar la función judicial, entendida como la administración de Justicia, de la administración o gerencia del aparato judicial. El concepto de “descentralización judicial” consiste en concebir órganos en la que las comunidades locales pueden participar en la toma de decisiones de los asuntos que afectan sus intereses. Por lo anterior, puede afirmarse que el concepto de “descentralización judicial” aún está por construirse. En este orden, hay que pensar en entes que tengan una correlación viva con las comunidades en las que funcionan, sin romper la unidad de la organización judicial a la que pertenecen, papel que cumplirían los consejos seccionales. Dicho de otra manera, los consejos seccionales deben ser puertos de intercambio entre la Rama Judicial y las comunidades donde intervienen. Adviértase que las comunidades no participan en la designación de los administradores, tampoco contribuyen a su funcionamiento y los asuntos de administración no pueden condicionarse a su voluntad, sino que obedecen exclusivamente al interés de la organización, que se define por un órgano superior en el nivel central, por lo que es necesario establecer el alcance de este intercambio. Así, la relación con la comunidad conlleva, en primer lugar, el derecho de los ciudadanos de exigir cuentas a los servidores públicos, que, en este caso, se concreta en el deber de responder por el servicio público que se está presentando en el respectivo Distrito Judicial ante las autoridades locales, gremios, centros educativos, organizaciones no gubernamentales y las fuerzas vivas de la comunidad. La rendición de cuentas debe ser permanente y, por lo tanto, no se reduce a una audiencia sino a una supervisión de la actividad judicial, que permita identificar los principales problemas del sistema para su mejoramiento continuo. En segundo lugar, además de los jueces, dentro de las comunidades existen otros agentes que administran Justicia, como la jurisdicción indígena, los jueces de paz y reconsideración, la justicia arbitral y los centros de conciliación, por lo que es necesario articular sus campos de acción y prestarles apoyo en los asuntos que requieran. Nuevamente, la participación de las fuerzas vivas de la comunidad permitiría impulsar estas instituciones para beneficio del ecosistema judicial. Un tercer aspecto consiste en la necesidad de coordinación interinstitucional alrededor de temas que afectan el servicio de la Justicia, como la prevención del delito, la equidad de género, la protección de los menores, la atención de población vulnerable, la educación de la población sobre sus derechos, entre otros. En la ejecución de las respectivas políticas, la Rama Judicial puede prestar un apoyo invaluable, al tiempo que puede requerir la colaboración de instituciones especializadas en estos temas para poder cumplir mejor sus funciones o para que sus decisiones tengan mayor impacto, así como recibir apoyo logístico, por ejemplo, para los jueces de pequeñas causas y competencias múltiples, los jueces de paz y reconsideración o para la seguridad de los servidores judiciales. Estas acciones también contribuirían al mejoramiento de la imagen de la Rama Judicial, sacando a los jueces de sus despachos para convertirlos en líderes de la cultura de la legalidad en la comunidad y agentes activos de la transformación social. Esto aspectos y otros que podrían contribuir a enriquecer la relación con la comunidad y el sistema regional, deben ser concretados en una nueva organización de los consejos seccionales que institucionalice la colaboración armónica entre los poderes públicos a nivel local y permita la participación de los estamentos judiciales en el estudio de los temas de gerencia judicial, con presencia del gobernador y representantes de la sociedad civil, como las cámaras de comercio, la Fuerza Pública y la Fiscalía General de la Nación y el INPEC . Es cierto que algunas de estas actividades ya se cumplen en los innumerables comités a los que asisten los magistrados de los consejos seccionales. Es así como existen las mesas interjurisdiccional para coordinar las acciones de la jurisdicción indígena con las otras jurisdicciones. Igualmente, está el comité interinstitucional de responsabilidad penal para adolescentes, presidido por el representante de Bienestar Familiar, que tiene como objeto adoptar programas para prevención del delito en los menores de edad, así como la comisión de moralización, en el que participan los entes de control y se ocupa de realizar acciones conjuntas para perseguir la corrupción en las instituciones. Por otra parte, los consejos seccionales deben propender por la integración al interior de la Rama Judicial en el nivel local y, como tales, deben permitir la participación de los representantes de los distintos estamentos judiciales en la alta dirección de los asuntos que les afectan, como la organización y funcionamiento del Distrito Judicial, el bienestar de los servidores, entre otros. La comisión seccional interinstitucional en la que tienen asiento los presidentes de los tribunales, el delegado de la Fiscalía General de la Nación y el representante de los empleados, debería actuar como una alta gerencia del sistema regional, enfocada en la promoción de la cultura de la calidad y la adopción de planes de mejoramiento para el sistema regional, para lo cual debe hacer seguimiento al rendimiento de los jueces, proponer la adopción de mejores prácticas en los despachos, propender por la formación y autoformación de los servidores judiciales, diseñar planes de bienestar social, solicitar informes sobre la situación de la carrera judicial en el Distrito y conocer sobre aspectos administrativos de relevancia, como las necesidades de los despachos y las acciones que se hayan implementado para resolverlas. Por supuesto, el fortalecimiento de los consejos seccionales y el reto de asumir mayores responsabilidades, debe acompañarse de los recursos necesarios que garanticen el cumplimiento de los objetivos que se propongan.

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