Thursday, December 15, 2005

42. Autoridad única

En un reciente número de Ámbito Jurídico, el superintendente de industria y comercio pide apoyo para el proyecto de Ley 108 de 2005, de la Cámara de Representantes, en el que se propone la conformación de una autoridad única de competencia. El superintendente considera que esta iniciativa ofrece “certeza, especialización y consistencia” para los empresarios. Lamento discrepar del superintendente, quien merece mi consideración y respeto pues ha sido un funcionario ponderado, que sin afanes protagónicos, demuestra un interés real por resolver las causas de los problemas que se presentan en temas como la protección al consumidor.

La conformación de una autoridad única de competencia sería un grave error. Es un hecho incontrovertible que el mundo actual tiene una complejidad enorme, que ha llevado a que el Estado deba mejorar su organización política y administrativa con el fin de responder a las necesidades de la sociedad. Ejemplos de lo anterior son, además de las nuevas entidades territoriales, instituciones como el Banco de la República, el Consejo Nacional Electoral, la Comisión Nacional de Televisión o la Superintendencia de Servicios Públicos, a pesar de las críticas que ha tenido esta última por su consagración constitucional.

Esa complejidad también se proyecta sobre la competencia económica. Son muchos los elementos que permiten afirmarlo. La regulación en muchos sectores es profusa y requiere de una larga preparación para comprender los pormenores de la misma, especialmente, cuando incluye temas técnicos que son ajenos a las disciplinas tradicionales de los funcionarios que pertenecen a la Superintendencia. Lo anterior demuestra que la conformación de una autoridad única iría en desmedro de la certeza, especialización y consistencia que se pregonan, mientras que los análisis sobre infracciones a las leyes de competencia no tienen la misma complejidad. Por el contrario, desde muchas disciplinas se converge en estos temas, al punto que es un tema casi elemental para los economistas.

Es cierto que los análisis sobre competencia se construyen de manera similar, aún cuando en los sectores de infraestructura se crítica la utilización de índices de concentración, y solo es necesario obtener la información relevante sobre el mercado para establecer las consecuencias jurídicas, pero el problema radica justamente en conocer la información relevante y analizarla de acuerdo con las características de cada industria para anticipar los efectos que pueden presentarse a partir de una conducta determinada.

Por lo tanto, las autoridades especializadas garantizan un mejor conocimiento del tema, decisiones más oportunas y, probablemente, más justas que, incluso, pueden acompañarse de una acción regulatoria integral que a través de varias medidas, involucre a la industria.

Pretende el superintendente sustentar también con elementos fácticos su posición, mencionando el escaso número de decisiones adoptadas por las autoridades especializadas. Este argumento puede devolverse porque desconoce el efecto de la regulación sobre los comportamientos de las empresas y olvida que durante mucho tiempo, no existió pronunciamiento alguno de la superintendencia en esta materia, aún después de expedido el Decreto 2153 de 1992 y, después, se han visto decisiones tan curiosas como la de condicionar la fusión de las cerveceras a nacionales a que los competidores puedan utilizar la planta de la empresa integrada para producir su cerveza, una especie de “desagregación del bucle” que resultar inconcebible debido al valor que tienen las fórmulas de los productos para sus fabricantes. Será que a Coca-Cola le interesa producir sus bebidas en la planta de Pepsi, aún cuando le resulte más barato?.

En cambio, la superintendencia objetó la fusión de Avianca y Aces cuando la situación del mercado demostraba claramente la necesidad de la misma, decisión que fue revocada por la Aeronáutica.

El resultado final es que se consolidó el monopolio de la industria cervecera en un mercado que es muy competido en el resto del mundo, mientras que Avianca, aún fusionada, tuvo que ser vendida.

Finalmente, así como el superintendente reclama el apoyo al proyecto, debe llamarse la atención de las empresas del sector de telecomunicaciones para que se pronuncien sobre el tema porque, a pesar de la ponderación de este superintendente y aún cuando la CRT desagregue, regule tarifas y cometa otros pecados, es mejor tener una autoridad especializada, ojalá “con dientes”.

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